¿Qué es la bonificación?
Cualquier empresa que cotice a la Seguridad en concepto de cuota de formación profesional, puede gestionar un crédito anual para financiar total o parcialmente la formación de sus trabajadores relacionada con sus puestos de trabajo.
El organismo gestor de todos estos créditos de formación es la Fundación Tripartita para la formación en el empleo, que es un organismo público encargado del fomento de la formación continua en las empresas españolas
Este tipo de formación se conoce con el nombre de FORMACIÓN DE DEMANDA, ya que son las propias empresas las que demandan la realización de acciones formativas atendiendo a sus necesidades específicas.
El derecho a la bonificación
Todas las empresas españolas, que en el año anterior hayan tenido al menos un trabajador contratado por cuenta ajena, disponen de un crédito anual de formación de 420€ como mínimo.
También las empresas de nueva creación con al menos un trabajador en plantilla cuentan con ese crédito mínimo de 420€.
Con ese crédito de formación las empresas españolas pueden bonificarse en las cuotas de la Seguridad Social el coste de la formación recibida hasta ese importe.
Por ejemplo, una empresa que pague 700€ mensuales de Seguridad Social por sus trabajadores contratados por cuenta ajena, y reciba un curso de formación por el importe de 300€, pagará al mes siguiente a la conclusión del curso, sólo 400€ (700€-300€).
Los trabajadores autónomos no tienen derecho a bonificar su propia formación, aunque tengan trabajadores asalariados.
Las empresas deben estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, para ejercer el derecho a bonificarse la formación.
Por último, las acciones formativas bonificables deben estar relacionadas con la actividad de la empresa.
Vigencia del crédito
El crédito para formación se renueva con una periodicidad anual. Si un año no se ha consumido el crédito, éste no se acumula, perdiéndose y activándose otro para el año siguiente. La última bonificación del año se puede realizar en la cuota a la Seguridad Social correspondiente al mes de diciembre que se liquidará en enero del siguiente año.
Modalidades de formación
La fundación tripartita considera cuatro modalidades de formación aplicables a las acciones formativas de demanda:
– Presencial
– Teleformación
– Mixta (cualquier combinación de las anteriores)
ACADEMUS es entidad organizadora
Academus es entidad autorizada para la organización de cursos en la FUNDACIÓN TRIPARTITA y somos expertos en la gestión de las bonificaciones de la formación a través de su plataforma telemática.